Cada año, la Superintendencia de Sociedades actualiza el umbral de activos e ingresos que determina qué empresas quedan bajo su vigilancia. Para 2026, ese umbral es 789.390,6 UVT —equivalentes a aproximadamente $41.343.543.284 COP—, medidos sobre los activos o ingresos totales de su empresa al 31 de diciembre de 2025. Si su empresa cruzó esa línea el año pasado, es probable que este año le corresponda un régimen de control distinto, con obligaciones que no tenía antes.
Qué significa quedar bajo vigilancia
No es lo mismo estar bajo inspección, bajo vigilancia o bajo control. La vigilancia es un nivel intermedio: implica más reportes periódicos, mayor exigencia sobre la información financiera y contable que su empresa presenta, y un seguimiento más cercano por parte de la Superintendencia sobre su gobierno corporativo. En la práctica, una empresa que pasa de inspección a vigilancia empieza a operar bajo un estándar de control más alto, así su forma de operar internamente no haya cambiado.
Cómo se calcula el umbral
El cálculo no se hace con el valor de la UVT del año en curso, sino comparando los activos o ingresos brutos de su empresa al cierre del año inmediatamente anterior (2025) contra el umbral fijado para el año de evaluación (2026). Si cualquiera de los dos —activos o ingresos— superó los 789.390,6 UVT, su empresa queda sujeta a vigilancia, independientemente de su sector.
La contribución de vigilancia
Quedar bajo vigilancia trae, además, una obligación económica: la contribución anual que financia la operación de la Superintendencia. Para 2026, la Superintendencia de Sociedades fijó esta tarifa en 0,1212 por cada $1.000 de activos totales, calculados sobre el balance general con corte al 31 de diciembre de 2025. La tarifa no puede superar el 1 por mil de los activos totales de la empresa, y ningún cobro individual puede exceder el 1% del total recaudado por la entidad ese año.
El pago debe hacerse dentro de los 20 días calendario siguientes a la emisión de la cuenta de cobro. Las empresas con domicilio fiscal en Valle del Cauca, Risaralda, Quindío, Caldas, Chocó y Cauca cuentan con un plazo especial de 60 días, por las afectaciones del sismo del 10 de agosto de 2026.
Qué hacer ahora
Lo primero es confirmar, con los estados financieros de 2025 en mano, si su empresa efectivamente superó el umbral. Si es así, el siguiente paso es revisar qué obligaciones adicionales de reporte y gobierno corporativo le aplican bajo el régimen de vigilancia, y preparar el pago de la contribución dentro del plazo que le corresponda.
Podemos revisar con usted si su empresa quedó bajo vigilancia este año, qué le exige ese régimen y cómo preparar la contribución antes de que venza el plazo.
